Todo lo que debe saber sobre los tipos de contrato, sus obligaciones y cómo evitar errores costosos.
Ver Guía CompletaEl Código Sustantivo del Trabajo (CST) reconoce cuatro modalidades de contrato. Elegir el correcto protege a la empresa y al trabajador.
No tiene fecha de vencimiento. Genera mayor estabilidad para el trabajador y mayor compromiso por parte del empleador.
Tiene una duración pactada entre 1 mes y 3 años, renovable. Debe constar siempre por escrito.
Dura lo que dure la obra o labor específica para la que fue contratado el trabajador. Muy usado en construcción.
Para actividades ajenas al giro ordinario del negocio, con duración máxima de 30 días en el año.
Permite a ambas partes evaluar la relación laboral. Durante este período se puede terminar el contrato sin preaviso ni indemnización, pero sí con liquidación de prestaciones causadas.
Término Indefinido
Máx. 2 meses
Término Fijo
1/5 del plazo
Sin superar 2 meses
Renovación
No aplica
Solo al inicio del contrato
Según el Art. 39 del CST, el contrato escrito debe contener al menos:
El salario integral solo puede pactarse cuando el trabajador devenga 10 o más SMLMV (mínimo $17.509.050 en 2026). Incluye todas las prestaciones sociales excepto vacaciones y aportes a seguridad social.
Incluye (ya está en el salario)
No incluye (debe pagarse aparte)
En SIA LTDA le ayudamos a elegir el contrato correcto, redactarlo y mantener el cumplimiento legal de su nómina.
Solicitar Asesoría Gratuita